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Quién reparte el dinero

    Los bancos crean la mayoría del dinero que circula en la actualidad, si bien únicamente una minoría son billetes.

    El desarrollo de herencia

    Lo primero, aun antes de cuestiones técnicas, es dejar en claro que no hay que debatir con el resto de la familia sobre la herencia tanto como resulte posible. Es común que los hermanos se metan en líos en el momento de repartir ese dinero, pero es aún más esencial enfrentar el desarrollo con buen humor para evitarlos.

    Toda herencia incluye una secuencia de trámites y pasos que se tienen que proseguir. Lo destacado es que un letrado o un especialista te guíe en el desarrollo, si bien jamás está de sobra conocerlos.

    La distribución de los recursos por los descendientes en las herencias intestadas.

    Si hubiese hijos o descendientes, ocuparían el primer rincón en el orden de sucesión. En el caso de tener múltiples hijos, heredarán por igual.

    «A nuestro Derecho no le importa que estos hijos sean biológicos o adoptados, ni nacidos dentro o fuera del matrimonio.»

    En el momento en que no hay testamento

    Si el motivo no dejó testamento, los recursos van a pasar de forma directa a sus familiares. No obstante, tienen la posibilidad de presentarse ciertas ocasiones que tienen que tenerse presente:

    1. El fallecido deja cónyuge y también hijos. Si se da esta presunción, la ley establece que los herederos van a ser los hijos, debiendo dividirse la vivienda en partes iguales. No obstante, si el difunto deja cónyuge supérstite y han constituido su vínculo marital a través de recursos recurrentes, media casa corresponderá al cónyuge. No como herencia, sino más bien como porcentaje pertinente de la red social conyugal. Si no tuvieren recursos conyugales, la tercera una parte de la vivienda en usufructo corresponderá por derecho al cónyuge.
    2. Si el difunto no posee cónyuge ni hijos, sus progenitores van a ser los herederos de la vivienda. A falta de los progenitores, heredarán según el nivel mucho más cercano a el resto integrantes de la familia.
    3. Si no hay familiares hasta el cuarto nivel de consanguinidad, los recursos van a pasar a ser propiedad del Estado.

    Liquidación de los recursos gananciales

    Si el motivo se encontraba casado en régimen de gananciales, los recursos gananciales han de ser liquidados.

    O sea, saber qué recursos forman parte al cónyuge viudo y cuáles forman el patrimonio del causante.

    Qué llevar a cabo para eludir la apropiación de dinero…

    En el momento en que contamos inquietudes o certidumbres de que el autorizado o los copropietarios tienen la posibilidad de maniobrar a espaldas del resto herederos, debe accionar con prontitud. De este modo, avisaremos al Banco del fallecimiento del dueño o inquilino. Lo vamos a hacer por escrito y pidiendo de esta manera el bloqueo de cuentas.

    Si la entidad financiera no es ágil en esta actuación y no se impide la apropiación de dinero de las cuentas, se va a poder reclamar una indemnización a exactamente las mismas.

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